/ lunes 22 de abril de 2019

Pide Bienestar intervención de la Corte en reglas de operación en estancias infantiles

De acuerdo a las nuevas reglas de operación, no entregan los subsidios directamente a las guarderías privadas, sino a los padres de familia

La Secretaría de Bienestar solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definir si es legal o no que jueces y magistrados federales ordenen la suspensión de las reglas de operación del programa de estancias infantiles.

María Luisa Albores González, secretaria de Bienestar estimó que mientras algunos juzgados y tribunales han otorgado en automático la suspensión del acto reclamado, otros lo han negado, motivo por el cual la SCJN deberá definir cuál es el procedimiento correcto.

En su argumentación, la secretaria denunció ante el máximo tribunal del país una contradicción de tesis entre tribunales federales para que se defina si procede o no la suspensión en el caso de los amparos contra el nuevo programa de guarderías.

De acuerdo a las nuevas reglas de operación, no entregan los subsidios directamente a las guarderías privadas, sino a los padres de familia, para que ellos paguen directamente la colegiatura en la estancia que elijan.

Es decir, la población susceptible de ser beneficiaria son las madres, padres solos o tutores que trabajan, buscan empleo o estudian, no tienen acceso al cuidado y atención infantil y que tienen bajo su cuidado al menos a una niña o niño de entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 4 años de edad o entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 6 años y en casos de niñas o niños con alguna discapacidad.

Asimismo, de conformidad con los lineamientos generales para la coordinación e implementación de los Programas Integrales para el Desarrollo, el programa tendrá como prioridad para ser beneficiarias(os) a las personas que habiten en municipios indígenas, de alto rezago social, pobreza extrema y zonas con alto grado de marginación y altos índices de violencia, la zona fronteriza, así como las zonas turísticas y aquellas que generen estrategias integrales de desarrollo, por mencionar algunos.

Esto trajo consigo que a finales de marzo, la bancada del PAN en la Cámara de Diputados denunciara que dos juzgados en Chihuahua y Querétaro resolvieron suspensiones en definitiva, por lo que la Secretaría del Bienestar debía entregar los subsidios de enero y febrero a las estancias infantiles y no reducir el presupuesto para la atención a infantes.

El caso registrado en el expediente 148/2019 se turnó a la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien recientemente se integró a la SCJN bajo fuertes criticas ya que su esposo José María Riobóo, es consultor del presidente Andrés Manuel López Obrador, por lo que será ella quien elabore el proyecto de resolución.

La Secretaría de Bienestar solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definir si es legal o no que jueces y magistrados federales ordenen la suspensión de las reglas de operación del programa de estancias infantiles.

María Luisa Albores González, secretaria de Bienestar estimó que mientras algunos juzgados y tribunales han otorgado en automático la suspensión del acto reclamado, otros lo han negado, motivo por el cual la SCJN deberá definir cuál es el procedimiento correcto.

En su argumentación, la secretaria denunció ante el máximo tribunal del país una contradicción de tesis entre tribunales federales para que se defina si procede o no la suspensión en el caso de los amparos contra el nuevo programa de guarderías.

De acuerdo a las nuevas reglas de operación, no entregan los subsidios directamente a las guarderías privadas, sino a los padres de familia, para que ellos paguen directamente la colegiatura en la estancia que elijan.

Es decir, la población susceptible de ser beneficiaria son las madres, padres solos o tutores que trabajan, buscan empleo o estudian, no tienen acceso al cuidado y atención infantil y que tienen bajo su cuidado al menos a una niña o niño de entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 4 años de edad o entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 6 años y en casos de niñas o niños con alguna discapacidad.

Asimismo, de conformidad con los lineamientos generales para la coordinación e implementación de los Programas Integrales para el Desarrollo, el programa tendrá como prioridad para ser beneficiarias(os) a las personas que habiten en municipios indígenas, de alto rezago social, pobreza extrema y zonas con alto grado de marginación y altos índices de violencia, la zona fronteriza, así como las zonas turísticas y aquellas que generen estrategias integrales de desarrollo, por mencionar algunos.

Esto trajo consigo que a finales de marzo, la bancada del PAN en la Cámara de Diputados denunciara que dos juzgados en Chihuahua y Querétaro resolvieron suspensiones en definitiva, por lo que la Secretaría del Bienestar debía entregar los subsidios de enero y febrero a las estancias infantiles y no reducir el presupuesto para la atención a infantes.

El caso registrado en el expediente 148/2019 se turnó a la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien recientemente se integró a la SCJN bajo fuertes criticas ya que su esposo José María Riobóo, es consultor del presidente Andrés Manuel López Obrador, por lo que será ella quien elabore el proyecto de resolución.

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