Revisan alcances de la legítima defensa

J. Manuel Álvarez Hdez.

  · lunes 6 de agosto de 2018

El magistrado del STJE, Miguel Valadez Reyes propuso que la iniciativa de reforma a la Fracción Quinta del Artículo 33. / Fotos: Crescencio Torres

GUANAJUATO, Gto., El magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Miguel Valadez Reyes propuso que la iniciativa de reforma a la Fracción Quinta del Artículo 33 del Código Penal del Estado en materia de legítima defensa, se incluya lo relacionado con el patrimonio de las personas cuando hay una intrusión al hogar, y que la propuesta del PAN contempla ampliar la protección en la oficina, la bodega o el negocio, con lo que se haría la derogación de la reforma a la Fracción Undécima de dicho artículo aprobada el pasado 14 de julio de 2017.

La presidenta de esta instancia legislativa, Arcelia María González González dijo que se continuará con el análisis de la iniciativa debido a la complejidad del tema y adelantó que se pretender replantear la reforma del año anterior para ampliarla y extenderla a otros lugares, no solo a la intrusión a la casa habitación.

Con ello, sería derogada la reforma, cuya iniciativa fue planteada por el priista Santiago García López. Quedó abierta la discusión en la mesa para una posterior reunión para realizar una nueva redacción de la propuesta.

Valadez Reyes manifestó en su intervención que con la propuesta del Grupo Parlamentario del PAN se amplían los límites, los aspectos de la justificante porque incorpora también el patrimonio, los bienes y no solo las personas cuando hay la introducción de un extraño.

Sin embargo, si por un lado amplía los alcances de la protección jurídica, por otro, los restringe porque si se encuentra al intruso dentro de los lugares que se establecen en la norma, “además de encontrarlo ahí debe haber una probable agresión”.

“Debe encontrarse en actitudes que revele la probabilidad de una agresión y consecuentemente para los operadores si sería muy delicado porque con la norma actual basta con la intrusión, basta con la violación de un bien jurídico, porque mi casa habitación es inviolable y si se introduce el extraño está vulnerando el bien jurídico y eso me da a mí el derecho de defenderme”.

En cambio, en la propuesta del PAN, al menos en algún supuesto, amén de esa introducción, se demanda una probable agresión a otro bien jurídico distinto, es decir, una doble actitud, la primera ya violatoria expresamente de un bien jurídico, y la segunda, la inminencia de una posterior agresión que viene a ser al final de cuentas una agresión inminente y si eso es, está contemplado en la regla general hoy vigente de la legítima defensa”, anotó.

El magistrado Miguel Valadez Reyes dijo que por eso la propuesta del Supremo Tribunal de Justicia es “o bien fusionar las dos normas elaborando un solo supuesto amplificador de la protección justificante para que incluya también lo relativo al patrimonio y que no se quede en puras personas”.

La otra opción que propuso es que “si se estima que la propuesta nueva es ya de suyo amplificadora de la protección y que no requiere más, entonces sí será indispensable derogar la fracción undécima para que prevaleciera solo la de la propuesta”, concluyó.

Arcelia González dijo que se tiene que hacer una valoración aún más extensa y generar otra redacción con el ánimo de que el ciudadano se pueda defender y no se constriña a casa habitación”.

La intención es que se entienda con más claridad y darle al ciudadano los elementos para defenderse y evitar confusiones a los juzgadores al momento de su aplicación, terminó.

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