IEEG no avala registro de MORENA en San Francisco del Rincón

Incumple Morena con tiempos de registros

Monserrat Caudillo Palacios | El Sol de Irapuato

  · miércoles 5 de mayo de 2021

Ingresa solicitud de registro de ayuntamiento de forma extemporánea. / Fotos: Miguel Ángel Martínez | El Sol de Irapuato.

GUANAJUATO. Gto.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) determinó que no es atendible la petición que realiza el partido de Morena, respecto al registro de la planilla para integrar el ayuntamiento de San Francisco del Rincón.

En sesión extraordinaria se dio respuesta a la solicitud que hizo Morena el pasado 2 de mayo por Óscar Rafael Novella Macías y Magaly Liliana Segoviano Alonso, (ambos pertenecientes al partido político) y quienes solicitaron el registro de candidatos, sin embargo, el Consejo General se pronunció que no cuenta con las atribuciones.


IEEG responde a Morena ante solicitud de registro.


Al respecto el Consejero presidente, Mauricio Guzmán Yáñez explicó que el omitir la exigencia de un requisito de esa naturaleza o invalidar o inaplicar una norma legal, no son atribuciones del órgano electoral local.

Por lo anterior, dijo que MORENA debió solicitar ante el instituto el registro de la planilla para integrar el ayuntamiento de San Francisco del Rincón dentro del plazo establecido por ley que fue del 20 al 26 de marzo pasado.

Subrayó que tampoco se cuenta con atribuciones para modificar los requisitos previstos en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato (LIPEEG) para la procedencia de dicho registro.


Morena pedía registro de candidatura en San Francisco del Rincón.


A su vez se señaló en la respuesta que la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, no tiene efectos vinculantes hacia el IEEG para otorgar el registro de las candidaturas al ayuntamiento inobservando las disposiciones contenidas en la ley electoral local y los lineamientos para el registro de candidaturas que establecen el plazo que debían presentarse las solicitudes.

Además, de que sostuvo que en el acuerdo plenario emitido en el expediente TEEG-JPDC-23/2021 por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), tampoco se vinculó al Consejo General a otorgar el registro de las candidaturas de mérito una vez que se resolviera el medio de impartición de justicia intrapartidaria.



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