Exdiputado irapuatense podría enfrentarse hasta a 20 años de prisión

El juicio se repondrá y volverá a iniciar con la acusación original, que fue por el delito de violación espuria

Fernanda Garduño | El Sol de Irapuato

  · lunes 11 de diciembre de 2023

El exdiputado Jorge N. llevará proceso por violación, primero ante una juez de control, luego ante el Juzgado Décimo de Distrito, en un tercer recurso acudieron ante el segundo tribunal colegiado en materia penal y fue así que los magistrados les dieron la razón. / Fotos: Víctor Cruz | El Sol de Irapuato.

El exdiputado federal irapuatense, Jorge N., podría enfrentar una pena de hasta 20 años de prisión, en caso de ser declarado culpable por el delito de violación en contra de Regina N., señalaron representantes legales de la ofendida.


La audiencia intermedia se repondrá.


Esto, luego de que les fue otorgado el amparo interpuesto, por lo que el proceso que se estaba llevando a cabo por el delito de abuso sexual, ahora será retomado por violación.

José Francisco López y Laura Diana Orozco, representantes legales de Regina N., explicaron que el delito de abuso sexual lleva penas de tres a seis meses, mientras que en el caso de violación este puede extenderse a los 20 años, esto tomando en cuenta que podría disminuirse la condena mediante un procedimiento abreviado; sin embargo, para que esto suceda, el exdiputado federal deberá aceptar su responsabilidad en el delito de violación, logrando así reducirla hasta los siete años.

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En cualquiera de los dos escenarios, el acusado, de ser declarado culpable, no podría recurrir a obtener libertad condicional, dado que ésta sólo se otorga en penas menores a los cuatro años, de ahí la importancia de la reclasificación del delito.

“Había una situación, para que Jorge N. obtuviera su libertad se cambió una palabra que se impuso originalmente como cópula, por tocamientos, no es lo mismo estar sentado que estar parado, es lo mismo, esa situación es la que se peleó en el amparo”, explicó la defensa de Regina N.

Pero el proceso fue largo, pues para ello acudieron a varias instancias constitucionales, argumentando una omisión, violación a los derechos humanos de la víctima y falta de perspectiva de género en el ejercicio, una sola palabra había bastado para que se invalidara lo dicho por la víctima, algo considerado como revictimización.




Y es que estos recursos fueron presentados de inmediato, primero ante una juez de control, luego ante el Juzgado Décimo de Distrito, en un tercer recurso acudieron ante el segundo tribunal colegiado en materia penal y fue así que los magistrados les dieron la razón.

Como ya lo hemos dicho, todas las autoridades dijeron que no era cierto, que estaba correcto lo que estaba haciendo el Ministerio Público, cuando todos sabemos que era muy extraño que el acusado obtuviera su libertad de esa forma que la obtuvo, ya hubo una autoridad federal que nos dio la razón”.

¿QUÉ QUIERE DECIR ESTA RESOLUCIÓN DE AMPARO?

Los representantes legales de la ofendida enunciaron que el haber recibido este amparo, será repuesto el proceso desde su fase intermedia y se encuentran en espera de que les den fecha, la cual tentativamente podría llevarse a cabo la próxima semana del 17 al 23 de diciembre




“Esto quiere decir que sí se habían violentado los derechos humanos de la víctima, que el ministerio público sí había variado los hechos que eran materia de la acusación y precisamente nos otorga el amparo, para que se reponga esa audiencia intermedia que tuvimos, pero que se formule con los hechos precisos por los cuales se vinculó a proceso en un origen a la parte acusada”, señalaron los abogados defensores.

El caso será verificado con perspectiva de género, como fue ordenado por el Tribunal Colegiado, y tras reponerse la audiencia, se podrá llevar a cabo un juicio oral por el hecho adecuado, en donde según lo proyectado, la etapa intermedia podría concluir entre finales de enero y principios de febrero y tener el juicio entre marzo y abril de 2024, sin embargo, ambas partes aún deben esperar.

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También señalaron que las medidas cautelares impuestas a Jorge N. no serán revisadas, pues no existe algún justificante para imponer prisión preventiva al acusado; sin embargo, éste tendrá que seguir acudiendo los primeros días de cada mes a firmar y tendrá prohibido salir del país.

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