/ jueves 13 de julio de 2017

Juez ordena transfusión de sangre a pequeña que es Testigo de Jehová

Al revisar los derechos de libertad, de creencia y religión conel derecho humano a la vida, juez federal ordena que una menorenferma de leucemia reciba una transfusión de sangre una vez quese hayan agotado los tratamientos médicos alternativos, en virtudde que profesa la religión Testigos de Jehová

El juez Mauricio Fernández de la Mora, titular del JuzgadoOctavo de Distrito en el Estado de Chihuahua, concedió el amparo auna mujer de la etnia Rarámuri que profesa la religión Testigosde Jehová, para que se transfunda sangre a su hija de cinco añosde edad, afectada por leucemia, siempre y cuando se hayan agotadootros medios o tratamientos alternativos, como los que propusierandiversos médicos, incluyendo oncólogos del Centro deCancerología de Chihuahua.

En la sentencia se revisó el derecho fundamental de libertad decreencia y religión, así como los derechos a una segundaopinión, consentimiento informado y toma de decisiones, respecto atratamientos médicos; sin embargo, debido a la falta de madurez dela niña para comprender el alcance del acto médico sobre susalud, se privilegió el derecho a la vida; por lo que en caso deser necesario, se autorizó a los médicos a realizar lostratamientos necesarios para proteger la vida de la menor,incluyendo la transfusión sanguínea.

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Al revisar los derechos de libertad, de creencia y religión conel derecho humano a la vida, juez federal ordena que una menorenferma de leucemia reciba una transfusión de sangre una vez quese hayan agotado los tratamientos médicos alternativos, en virtudde que profesa la religión Testigos de Jehová

El juez Mauricio Fernández de la Mora, titular del JuzgadoOctavo de Distrito en el Estado de Chihuahua, concedió el amparo auna mujer de la etnia Rarámuri que profesa la religión Testigosde Jehová, para que se transfunda sangre a su hija de cinco añosde edad, afectada por leucemia, siempre y cuando se hayan agotadootros medios o tratamientos alternativos, como los que propusierandiversos médicos, incluyendo oncólogos del Centro deCancerología de Chihuahua.

En la sentencia se revisó el derecho fundamental de libertad decreencia y religión, así como los derechos a una segundaopinión, consentimiento informado y toma de decisiones, respecto atratamientos médicos; sin embargo, debido a la falta de madurez dela niña para comprender el alcance del acto médico sobre susalud, se privilegió el derecho a la vida; por lo que en caso deser necesario, se autorizó a los médicos a realizar lostratamientos necesarios para proteger la vida de la menor,incluyendo la transfusión sanguínea.

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